Preguntas frecuentes sobre las solicitudes relacionadas con la eliminación de resultados de la Búsqueda de acuerdo con las leyes europeas de privacidad

 

¿Cómo funciona el proceso de Google?

Los solicitantes o sus representantes primero deben completar este formulario web. Enviaremos una respuesta automática al solicitante para confirmar que recibimos la solicitud. Evaluaremos cada solicitud según el caso. En algunos casos, es posible que solicitemos más información. Una vez que tomemos una decisión, el solicitante recibirá un correo electrónico en el que se le informará nuestra decisión y, en caso de que no se quite el contenido de los resultados de la búsqueda, se le proporcionará una breve explicación.

¿Quién puede solicitar una eliminación?

Las personas pueden solicitar la eliminación de resultados de la búsqueda de acuerdo con las leyes europeas de protección de datos. También está permitido realizar solicitudes en nombre de otra persona, siempre que el solicitante pueda demostrar que cuenta con una autorización legal para hacerlo.

¿Quién toma las decisiones sobre las solicitudes para quitar contenido de los resultados?

El personal de Google LLC toma las decisiones pertinentes. Contamos con un equipo de revisores entrenados especialmente para este fin, cuyo centro principal se encuentra en Dublín, Irlanda. Nuestro equipo remite solicitudes a empleados superiores y abogados de Google para que emitan fallos sobre casos difíciles y complejos. Hasta el 1 de noviembre de 2015, poco más del 30% de las solicitudes se remitieron a una instancia superior para recibir una segunda opinión.

¿Cómo se evalúan las solicitudes?

Desarrollamos minuciosamente los criterios en consonancia con las pautas del Grupo de trabajo del artículo 29. Después de que recibimos una solicitud a través de nuestro formulario web, se realiza una revisión manual. Ninguna de las categorías de las solicitudes se rechazan automáticamente, ya sea por personas o máquinas.

Nuestro proceso de evaluación consta de cuatro pasos:

  1. ¿La solicitud contiene toda la información necesaria para que podamos tomar una decisión?
  2. ¿La persona que presenta la solicitud tiene una conexión con un país europeo, como residencia o ciudadanía?
  3. ¿Las páginas aparecen en los resultados de la búsqueda del nombre del solicitante y el nombre del solicitante figura en las páginas que se piden quitar?
  4. ¿La página que se solicita quitar contiene información que es inadecuada, irrelevante, excesiva o que ya no se considera relevante, sobre la base de la información que proporciona el solicitante? ¿Existe un interés público de que esa información se mantenga disponible en los resultados de la búsqueda que se generan cuando se busca el nombre del solicitante?

Si la solicitud presentada no contiene información suficiente para que podamos tomar una decisión, es posible que solicitemos información suplementaria para respaldar nuestra evaluación.

Para demostrar el alcance de las solicitudes de eliminación, incluimos una sección de resúmenes de solicitudes en el Informe de Transparencia.

¿Las páginas se quitan completamente de los resultados de la búsqueda?

No. Las páginas solo se quitan de los resultados en respuesta a consultas relacionadas con el nombre de una persona. Por lo tanto, si se aceptara la solicitud para quitar un artículo de John Smith sobre su viaje a París, no se mostraría el resultado para las consultas relacionadas con [john smith], pero sí se mostraría para una consulta como [viaje a parís]. Quitamos URL de todos los dominios europeos de la Búsqueda de Google (google.fr, google.de, google.es, etc.) y usamos señales de ubicación geográfica para restringir el acceso a la URL desde el país de la persona que solicita la eliminación.

Por ejemplo, si quitamos de los resultados de la búsqueda de Reino Unido una URL como resultado de una solicitud de John Smith, los usuarios de esa ubicación no verían la URL en los resultados de las búsquedas que incluyeran [john smith] al momento de buscar en cualquier dominio de la Búsqueda de Google, incluido google.com. Por el contrario, los usuarios fuera de Reino Unido podrían ver la URL en los resultados cuando busquen [john smith] en cualquier dominio no europeo de la Búsqueda de Google.

¿Qué sucede si una persona no está de acuerdo con la decisión?

Si decidimos no quitar una URL de los resultados de la búsqueda, la persona puede acudir a una agencia de protección de datos local para que revise nuestra decisión.

¿Se les informa a los propietarios de los sitios web que se quita el contenido de los resultados?

Google tiene como política enviarles una notificación a los propietarios de los sitios web cuando se quitan las páginas de su sitio de nuestros resultados de la búsqueda a causa de una solicitud legal. Lo hacemos para garantizar la transparencia. Para respetar la privacidad de las personas que solicitaron la eliminación, solo enviamos las URL afectadas, no el nombre del solicitante.

¿Los propietarios de los sitios web pueden cuestionar de alguna manera las decisiones?

Los propietarios de los sitios web que reciban nuestra notificación de eliminación a través de Google Search Console pueden solicitar que volvamos a revisar una decisión.

¿Este fallo también se aplica a otros servicios de búsqueda de Google como Búsqueda de imágenes?

Actualmente, nuestro proceso abarca la eliminación de resultados de nuestras propiedades de búsqueda, como Búsqueda de Google, Búsqueda de imágenes, Búsqueda de videos y Google Noticias.

¿Cuáles son algunos de los casos comunes de eliminación de páginas?

Algunos de los factores materiales más comunes que se tienen en cuenta al momento de decidir qué páginas quitar incluyen:

  • Ausencia clara de interés público: Por ejemplo, sitios agregadores con páginas que contienen información de contacto personal o la dirección, instancias en las que el nombre del solicitante no aparece más en la página y páginas que ya no se encuentran en línea (error 404).
  • Información sensible: Páginas con contenido que se relaciona únicamente con información sobre la salud, la orientación sexual, la raza, el origen étnico, la religión, la afiliación política y la posición a nivel sindical de una persona.
  • Contenido relacionado con menores de edad: Contenido relacionado con menores o delitos de menores que ocurrieron cuando el solicitante era menor.
  • Absoluciones, exoneraciones y condenas cumplidas por delitos: Conforme a las leyes locales acerca de la rehabilitación de los delincuentes, tendemos a actuar en favor de quitar el contenido relacionado con condenas que ya se cumplieron, acusaciones que se comprobaron que eran falsas en un tribunal o contenido relacionado con un delito penal del cual se absolvió al solicitante. También consideramos la antigüedad de este contenido y la naturaleza del delito en nuestro análisis.

¿Cuáles son algunos de los casos comunes en los que no se quitan páginas?

Algunos de los factores materiales más comunes que se tienen en cuenta al momento de decidir qué páginas quitar son:

  • Soluciones alternativas: Hay otra vía para que el solicitante elimine esa página de nuestros resultados de la búsqueda. Por ejemplo, es posible que el solicitante haya publicado el contenido en un sitio que permite que los usuarios impidan que el contenido aparezca en los resultados de la búsqueda. Cuando podemos, les proporcionamos información sobre estas herramientas a los solicitantes.
  • Razones técnicas: Una URL incompleta o rota es un error técnico común. Algunas veces, los solicitantes nos piden que quitemos páginas para una consulta que no coincide con su nombre o el de la persona que el solicitante afirma representar.
  • URL duplicada por la misma persona: Un solicitante envía varias solicitudes para quitar de los resultados la misma página que incluye un mismo nombre.
  • Interés público importante: Es posible que rechacemos la eliminación si determinamos que la página contiene información que es de gran interés público. Determinar si el contenido es de interés público es complejo y puede requerir considerar diversos factores que incluyen, con carácter meramente taxativo, si el contenido se relaciona con la vida profesional del solicitante, un delito que se cometió en el pasado, un cargo político, su posición en la vida pública o si el contenido es de autoría del solicitante, se trata de documentos del gobierno o es de carácter periodístico.

¿Pueden proporcionar estadísticas más detalladas sobre la naturaleza de estas solicitudes y eliminaciones?

Proporcionamos estadísticas sobre la magnitud de nuestro proceso de eliminación (que se actualizan diariamente) desde octubre de 2014 en este Informe de Transparencia y agregamos ejemplos anónimos de decisiones de eliminación para brindar contexto. Aquí puede descargar información adicional sobre factores comunes significativos.  Un informe más detallado sobre los datos de 2014 a 2017 está disponible aquí.Continuamos explorando formas de proporcionar más transparencia a las decisiones de eliminación de una manera eficiente a nivel operativo y con debido respeto al carácter sensible y privado de las solicitudes.

¿Por qué algunos gráficos indican que las fechas de los datos solo llegan a enero de 2016?

En conformidad con un fallo del tribunal de 2014, Google trabajó para implementar un proceso que evalúe las solicitudes de la forma más rápida posible. Dado que este era un proceso completamente nuevo, todavía no habíamos determinado qué información deseábamos recopilar sobre las solicitudes. Con el tiempo, ajustamos y mejoramos nuestros procesos y la cantidad de datos que registramos sobre cada solicitud. En enero de 2016, lanzamos un nuevo proceso interno basado en nuestras experiencias hasta la fecha.

¿Cómo clasifican a un solicitante? 

Las categorías de solicitantes se usan con el objetivo de clasificar a las personas que envían solicitudes para que quitemos contenido de la Búsqueda. Por ejemplo, determinamos si el solicitante es una persona privada, un menor, una entidad corporativa o una figura pública. Establecemos estas categorías con la información que proporciona el solicitante (p. ej., la razón por la que solicita la eliminación) y la información disponible para el público, como el contenido de la URL.

¿Cuáles son las diferentes categorías para los solicitantes? 

  • Entidad corporativa: El solicitante se comunica en nombre de una empresa o una corporación.
  • Persona fallecida: El solicitante se comunica en nombre de una persona fallecida.
  • Funcionario del Gobierno: El solicitante es un político o funcionario del Gobierno actual o anterior.
  • Menor: El solicitante es menor a la edad de consentimiento legal.
  • Figura pública que no pertenece al Gobierno: El solicitante es conocido a nivel internacional (p. ej., es una actriz o un actor famoso), o cumple un papel importante en la vida pública de una región o área específica (p. ej., es una académica reconocida en su campo).
  • Persona privada: No se aplica ninguna de las otras categorías a esta persona.

¿Cómo clasifican el contenido de la página?

Las categorías de contenido de la página clasifican lo que aparece en las páginas específicas enviadas en solicitudes relacionadas con el derecho al olvido. El contenido de la página se relaciona con la vida profesional del solicitante, es de su propia autoría o hace referencia a actos criminales. Cuando evaluamos una solicitud, revisamos el contenido de la URL que se solicitó que quitemos y asignamos la categoría correspondiente.

¿Cuáles son las diferentes categorías para el contenido de la página?

  • Delito: El contenido de la página hace referencia al solicitante en relación con actos criminales. Por ejemplo, el contenido se relaciona con una condena del solicitante, su testimonio en un juicio o su condición de víctima. 
  • No se encontró el nombre: No se puede encontrar ninguna referencia al nombre del solicitante en la URL indicada. Sin embargo, es posible que el nombre de la persona aparezca en la URL.
  • Información insuficiente: No se categoriza el contenido de la página porque Google necesita más información para procesar la solicitud. Por ejemplo, el solicitante proporcionó una URL incompleta o no indicó una razón para que quitemos la URL.
  • Varios: El contenido de la página no corresponde a ninguna de las otras categorías de contenido.
  • Información personal: El contenido de la página incluye la dirección personal del solicitante, su residencia u otra información de contacto; imágenes o videos de la persona o demás información personal no sensible.
  • Política: El contenido de la página incluye críticas sobre las actividades políticas o gubernamentales del solicitante, o información que es relevante al perfil, la plataforma o la trayectoria política pública de la persona.
  • Información profesional: El contenido de la página incluye la dirección de trabajo del solicitante, su información de contacto o información general sobre sus actividades comerciales.
  • Irregularidades profesionales: El contenido de la página hace referencia a actividades criminales o penales (delitos, absoluciones o exoneraciones) específicamente relacionadas con un rol profesional. 
  • Autoría propia: El solicitante es el autor, total o parcial, del contenido de la página.
  • Información personal sensible: El contenido de la página menciona el estado médico, la orientación sexual, el credo, el origen étnico o la afiliación política del solicitante.

¿Cómo clasifican los sitios web?

En estas categorías, se clasifican los sitios web que alojan las páginas que se nos pidió quitar; p. ej., un sitio de noticias, una red social o un sitio gubernamental. Durante nuestra evaluación de una solicitud individual, evaluamos el sitio para determinar su categoría.

¿Cuáles son las diferentes categorías para los sitios web?

  • Directorio: La página web se aloja en un sitio que funciona como un directorio o agregador de información, p. ej., direcciones postales o números de teléfono de empresas o personas.
  • Gobierno: La página se aloja en un sitio web oficial del Gobierno; en un sitio que contiene registros legales, comerciales o gubernamentales o hace referencia a ellos; o en un sitio web que es el canal de medios oficial del Gobierno (tenga en cuenta que los medios públicos, como BBC o PBS, no se incluyen aquí).
  • Noticias: La página se aloja en un sitio web de un tabloide o canal de medios no gubernamental.
  • Varios: El sitio web que aloja la página no pertenece a ninguna de las otras categorías.
  • Redes sociales: La página es un perfil de una cuenta, una foto, un comentario o demás contenido alojado en el sitio de una red social en línea.

¿Por qué algunas URL con el contenido de la página "No se encontró el nombre" aparecen como eliminadas?

Si el nombre de un solicitante no aparece en el contenido de la página en cuestión, es posible que tomemos medidas para que esta página no se muestre en los resultados de la búsqueda para las consultas que incluyen el nombre de dicha persona.  

¿Por qué algunos meses muestran un valor de "0" para el volumen de URL solicitadas?

Google no comenzó a registrar datos detallados sobre las URL hasta mediados de junio de 2014.  

¿Dónde puedo obtener más información?

En julio de 2014, Google recibió una invitación para reunirse con el Grupo de trabajo del artículo 29 para analizar la implementación práctica. Anterior a la reunión, completamos un cuestionario en el que se detalla el proceso y la implementación, el cual publicamos aquí. La decisión del tribunal está disponible aquí.
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