Para contribuir a que Internet sea un entorno libre y abierto, Google ofrece productos y servicios útiles y relevantes con los que los editores pueden monetizar su contenido y los anunciantes pueden llegar a clientes potenciales. No obstante, para que el ecosistema publicitario siga siendo fiable, es necesario fijar unos límites con respecto a qué contenido se puede monetizar y qué comportamientos permitimos tanto de los editores como de los anunciantes.
Los Estándares para Editores de Google abarcan dos áreas: las Políticas para Editores de Google y las Restricciones para Editores de Google.
Políticas para Editores de Google
Si monetiza su contenido con código de anuncio de Google, debe cumplir las siguientes políticas. Si las infringe, es posible que Google retire los anuncios de su contenido, o bien que suspenda o cancele su cuenta.
Las Políticas para Editores de Google se organizan en las siguientes categorías:
- Políticas de contenido
- Políticas de comportamiento
- Políticas relacionadas con la privacidad
- Requisitos y otros estándares
Consulte más información sobre las directrices incluidas en las Políticas para Editores de Google.
Restricciones para Editores de Google
Las Restricciones para editores indican qué contenido no recibirá anuncios de ciertas fuentes publicitarias. Si se aplica una restricción de inventario a su contenido, habrá menos fuentes publicitarias que podrán pujar por él.
En ciertos casos, esto provocará que no haya ninguna fuente apta para servir publicidad en él y, por tanto, que no se muestren anuncios en su contenido. Recuerde que los anuncios de Google Ads (antes conocido como AdWords) no se publicarán en el contenido sobre el que se apliquen restricciones. Por lo tanto, aunque puede monetizar contenido mencionado en estas Restricciones para Editores de Google, tenga en cuenta que, si lo hace, es muy probable que se muestren menos anuncios en él que en el contenido que no está restringido.
Consulte más información sobre lo que se incluye en las Restricciones para Editores de Google.